JAÉN.- El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) de este miércoles 8 de julio ha publicado la Orden de 30 de junio de 2026, de la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente, por la que se da publicidad a la nueva relación de montes que integran el Registro de Montes Públicos de Andalucía (RMPA), un inventario exhaustivo que emana y es uno de los primeros frutos de la aplicación de la Ley 3/2026, de 13 de marzo, de Montes de Andalucía (LEMA). El nuevo RMPA contiene un total de 1.434 montes, de los que 280 se ubican en la provincia de Jaén, la cifra más alta de toda Andalucía, por delante de los 262 de Almería y los 251 de Granada. El resto se reparten entre Cádiz (171), Málaga (158), Huelva (147), Córdoba (80) y Sevilla (80), además de uno situado entre Córdoba, Granada y Málaga, dos compartidos entre Córdoba y Jaén y otros dos entre Córdoba y Sevilla.
Un inventario que sustituye al antiguo Catálogo de Montes
La Ley establece en su artículo 12 que el RMPA es «un inventario de carácter administrativo en el que se inscriben todos los montes del territorio andaluz pertenecientes a cualquiera de las Administraciones o entidades públicas, tanto los de dominio público como los patrimoniales». A la entrada en vigor de la Ley, el pasado 9 de abril, este nuevo registro viene a reemplazar al antiguo Catálogo de Montes de Andalucía, de manera que la nueva denominación evita confusiones y establece una distinción clara entre los montes de carácter demanial y los patrimoniales, cada uno con su régimen jurídico propio.
El texto legal preveía que, en el plazo de tres meses tras la entrada en vigor de la Ley, se debía publicar en el BOJA la relación de montes incluidos en el RMPA. Tras un extenso y riguroso trabajo, intensificado durante los últimos meses para recopilar información, depurar datos y reenumerar y codificar montes, se ha alcanzado el hito previsto en la Ley con la publicación en tiempo y forma de la Orden de referencia.
614 montes de titularidad autonómica pasarán al Catálogo de Utilidad Pública
La disposición transitoria segunda de la LEMA establece que, en ese mismo plazo de tres meses, deberán constar inscritos en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública (CUP), con su numeración correspondiente, todos los montes de propiedad de la Comunidad Autónoma de Andalucía, reforzando así su protección. En el listado publicado en el BOJA figura también la titularidad de los 1.434 montes, repartida entre la Junta de Andalucía, los distintos ayuntamientos y otras instituciones o entidades de derecho público. Son 614 los montes cuyo propietario es la Comunidad Autónoma, el 42,8% del total, un listado que la Junta trasladará al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico para su incorporación al CUP.
La Dirección General de Política Forestal y Biodiversidad de la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente ha destacado «el encomiable esfuerzo colaborativo, tanto de los servicios técnicos de las ocho Delegaciones Territoriales de esta Consejería, sin cuyo celo profesional e implicación directa no hubiese sido posible cumplir con el mandato legal, como del personal de la Agencia Pública Empresarial de Medio Ambiente y Agua». «Entre todos hemos hecho posible que Andalucía cuente ya con un Registro de Montes Públicos, único en España, además de haber consolidado y engrosado el Catálogo de Montes de Utilidad Pública, al objeto de preservar a futuro, y para las generaciones venideras, el importante patrimonio público forestal del que gozamos todos los andaluces», ha añadido.
La Orden, firmada por la consejera en funciones de Sostenibilidad y Medio Ambiente, Catalina García, incluye además un anexo con una tabla comparativa entre el antiguo Catálogo de Montes y el actual RMPA, con las altas y bajas producidas por provincias tras los trabajos de depuración.
Una ley que sustituye a una norma de más de tres décadas
Este hito es resultado de la aplicación de la nueva Ley de Montes de Andalucía, que sustituyó recientemente a la Ley 2/1992, de 15 de junio, Forestal de Andalucía, anterior incluso a la ley estatal de 2003. Esta diferencia temporal había generado a lo largo de los años vacíos y duplicidades que era necesario corregir, en línea con el mandato del Plan Forestal Andaluz 2030. «Se ha construido una legislación coherente, moderna y eficaz, que va a facilitar la gestión sostenible de los montes y que contribuirá al desarrollo del medio rural», señaló en su día Catalina García.
La Ley de Montes se estructura en siete títulos, con un total de 144 artículos, además de disposiciones adicionales, transitorias, derogatoria y finales, abordando la clasificación y régimen jurídico de los montes, la información y estadística forestal, la gestión forestal sostenible, la conservación y protección, el fomento forestal y el régimen de responsabilidad.















